La Corte Constitucional determinó que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) no tiene competencia para suspender la extradición del líder del partido político Farc Jesús Santrich, detenido en una investigación por narcotráfico y reclamado por la justicia de Estados Unidos.
En un fallo hecho público este miércoles y que dilucida entre la jurisdicción ordinaria y la JEP, la corte declara que “la competencia para ordenar la captura con fines de extradición” de aquellos que se han sometido a la justicia especial de paz “corresponde al fiscal general de la nación”.
Por ello, cree necesario “inaplicar la expresión el tramite de extradición se suspenderá y pondrá esta situación en conocimiento de las autoridades competentes”, que forma parte del reglamento general de la JEP.
En consecuencia deja sin efecto la decisión “por el cual la sección de revisión del tribunal para la paz suspendió el trámite para la extradición” de Santrich, seudónimo de Seuxis Pauxias Hernández.
Finalmente, disponen que Santrich “continúe a disposición del fiscal general de la nación, de conformidad con la legislación vigente”, informa Efe.
Santrich fue capturado por la Fiscalía el 9 de abril con base en una circular roja de la Interpol a petición de EE.UU., que lo acusa de tener un acuerdo para exportar diez toneladas de cocaína a ese país después de que las Farc firmaron el acuerdo de paz, el 24 de noviembre de 2016.
@CConstitucional dirime conflicto entre Jurisdicción Especial para la Paz y Jurisdicción Ordinaria. pic.twitter.com/2236kQBovS
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 27 de junio de 2018