El pasado 11 de marzo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó el fallo que obligaba al Ministerio de Salud a exigir prueba PCR para los viajeros que quisieran ingresar al país.
Sin embrago, según explicó el director General de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa Palacios, hasta que el Ministerio no emita la resolución con la que se acatará el fallo, se seguirá pidiendo prueba negativa a las personas que ingresen a Colombia.
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“El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó el fallo de tutela que establecía la obligatoriedad de PCR para ingreso a territorio nacional. Sin embargo, la materialización de esa decisión se da por parte de una resolución del Ministerio de Salud, la cual se encuentra en elaboración para ser proferida”, dijo el funcionario.
Mientras se emite la respectiva resolución, los viajeros que ingresen al país deberán cumplir con alguna de estas tres medidas.
- Podrán realizarse una prueba PCR con un lapso de 96 horas antes de el respectivo viaje y, una vez que llegue a Colombia, presentar el resultado negativo a las autoridades correspondientes.
- Ingresar a Colombia y cumplir con un aislamiento obligatorio durante 14 días.
- Por último, Ingresar al país, realizar un aislamiento obligatorio y realizarse una prueba PCR para poder salir del mismo.





