Porte de armas traumáticas o de fogueo podría acarrear entre 9 y 12 años de cárcel

Foto: @anibalfds
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Ante varios hechos de violencia que se han presentado en las últimas semanas, se abrió nuevamente el debate sobre el porte de armas traumáticas o de fogueo, las cuales en muchas ocasiones son utilizadas por los delincuentes para amenazar a las personas y robarle sus pertenencias.

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El Ministerio de Defensa publicó un proyecto de decreto en su página web, con el que se busca lograr un control sobre este tipo de armas y evitar así que sena utilizadas por los criminales.

Entre las medidas que se establecen, se señala que para el porte o tenencia de armas de fogueo y traumáticas las personas deben tramitar su respectivo permiso o salvoconductos, o de lo contrario puede tener una pena de entre 9 a 12 años de cárcel.

Entre los argumentos para esta medida, el proyecto se basa en el principio constitucional de monopolio de las armas y de exclusividad del uso de la fuerza en cabeza del Estado, explicando que las armas no son un derecho de acuerdo a lo estipulado en la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana.

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Según informó la Policía Metropolitana de Bogotá, durante el primer semestre del presente año fueron incautadas 664 armas traumáticas en la capital, gracias a varios operativos realizados por las autoridades.